miércoles, 19 de enero de 2011

LA CAMA DE PANDORA
'Mi contrato de follamigos'

Ilustración: Luci Gutiérrez
Ha venido Elena indignada porque un muchacho con el que se acostaba esporádicamente le ha hecho firmar el siguiente contrato. Seguro que os suena:

 "Yo, por la presente, notifico la ausencia de sentimientos en las próximas lúdico erótico festivas horas para que luego no se pueda dar lugar a error, ni malentendidos derivados por parte de la parte contratada.

Se dispone entonces:

1. Que sólo será un polvo, nada más. Queda relegado por lo tanto de este plano cualquier sentimiento afectivo hacia la parte contratante exceptuando los lazos de amistad que ya existieran previos a este contrato.

2. Que después de terminado el coito se queda eximido de todas las obligaciones que se entienden de un coito con su pareja, incluyendo por lo tanto conversaciones, planes para próximos días y demás. Queda excluido de este artículo el llamado "cigarro de después", que por uso y costumbre de su forma se entenderá como dentro de la legalidad del contrato establecido.

3. Que los sentimientos no cambiarán en ningún aspecto, es decir, que al día siguiente (o la próxima vez que contratante y contratado se vean) no deberán haber cambiado los sentimientos. Se entiende por lo tanto que tanto la disminución de afectividad tanto como la aplicación desmesurada de ésta serán ambos motivo de denuncia por la parte afectada.

4. Que la parte contratada está completamente de acuerdo en ser sólo lo estipulado en este contrato y que pasaremos a denominar como "follamigo/a", que no se creará ningún vínculo especial y que la ocasión sólo se repetirá si ambas partes están completamente de acuerdo.

5. Que tanto el contratante como el contratado han de ser completamente discretos de la acción ocurrida derivada de este contrato. Que sólo se podrá contar a una persona por cada punto que se le asigne al polvo en una escala del 1 al 10 siendo el 1 para lo peor y el 10 para algo divino y que dicha persona debe ser totalmente ajena a la parte contraria de este contrato".

Me parece mentira que, a estas alturas, Elena no conociese ya el Contrato del Follamigo que circula por internet, pero más mentira me parece que él se lo haga firmar todo acojonado ¡porque ella le propuso ir a cenar algo antes del sexo!

-"¡Yo alucino, Pandora! ¡Si yo no quiero ser su novia, ni nada! ¿Pero qué tiene de malo un rato de conversación mientras nos tomamos un sanwich antes de irnos a la cama? No pensaba retenerle después ni pedirle que se quedase a dormir".

Pobre Elena y pobres todos los que vemos más matices entre el blanco y el negro. Porque sí, yo soy mucho de follamigos (de hecho, siempre tengo dos o tres al uso), pero no se me ocurre hacerles firmar nada, básicamente porque, por norma general, me suelo acostar con gente que me gusta y con la que es un placer mutuo compartir una charla, una copa de vino, un cine o incluso un paseo además de un polvo. Lo que viene siendo un amigo con derecho a roce, que decíamos en los 90.

Estoy de acuerdo al 100% con el contratito de marras (aunque no voy a entrar en calificar a tu amante de "parte contratada"...) en cuanto a la ausencia de planes conjuntos y a las fantasías que incluyen vestidos blancos, ramos de flores, anillos y un batallón de niños. Pero es que, entre el polvo sin afecto que propone el contrato y formar una familia, hay más modelos de relación que de edredones en Ikea.

Follamigos he tenido yo que han dormido dos días seguidos en mi casa, me han acompañado a hacer la compra, hemos hecho la cena, hemos cenado, hemos visto una peli y nos hemos vuelto locos a follar mañana, tarde y noche. Después se han marchado y en paz.
-"¿Me acompañas a comprarme un abrigo?", me preguntó uno el pasado invierno. ¿Y qué tenía de malo? ¡Nada! Fui con él, le aconsejé, me metí en el probador en un descuido de la encargada y le fui haciendo un favorcito para que aligerase la elección y nos marchásemos a casa cuanto antes.
Vamos, que al contrario que a Elena, a mí la cosa no me preocupa. Tengo clarísimo qué clase de follamiga soy: de ésas en las que el sufijo "amiga" tiene tanta o más importancia que el prefijo.
Pero como me parece sumamente injusto que circule por ahí un único modelo de “contrato”, dejo para la posteridad mi propia versión del mismo:

"Yo, por la presente, notifico que, aunque en la actualidad no albergo sentimientos románticos hacia ti, sí me apetece tener relaciones sexuales contigo. Y, para que nada de lo que suceda pueda dar lugar a error ni a malos entendidos, me gustaría que entendieras y aceptaras un par de cosas.

1. Que sólo sea un polvo no significa que, obligatoriamente, tengas que olvidarlo (y olvidarme) inmediatamente después. Así es que, aunque el punto de partida es la ausencia de sentimientos, no queda proscrita la evolución de los mismos. Si el punto de partida es la de una amistad consolidada, ésta no se verá afectada negativamente por el sexo.

2. Después de terminado el coito, ambas partes quedan eximidas de todas las obligaciones que se entienden de un coito con la pareja (masajitos, carantoñas, quedarse a dormir sin ser invitado, dormir sin ducharse…), principalmente de los planes románticos de futuro y de la visualización de vídeos de las vacaciones, cumpleaños de los sobrinos, la boda de algún familiar, o una recopilación de películas de Ingmar Bergman (que para todo hay…). Quedan excluidos de este artículo: el llamado "cigarro de después", que por uso y costumbre de su forma se entenderá como dentro de la legalidad del contrato establecido, así como la charla didáctica y amistosa sobre las habilidades sexuales que puedes mejorar, que se entiende como muy necesaria para poder maximizar el placer de ambos (fundamentalmente el mío, porque cuando digo “más despacio” quiero decir “más despacio” y no “más fuerte”).

3. Como hacerle prometer a alguien que sus sentimientos no cambiarán en absoluto es una soberana estupidez (prueba de ese fracaso es la invención y el éxito del divorcio), se consigna que, en el caso de que esto suceda, es absolutamente imprescindible comunicarlo a la parte interesada en cuanto sea detectado para poder obrar en consecuencia bajo promesa de que no habrá represalias de ningún tipo.

4. Quedan aceptadas las denominaciones "follamigo", "amigo íntimo", "amigo con derecho a roce", "amante"… pero sólo en el caso de que se establezca una frecuencia no reglada en el contacto personal y sexual, siendo incluso más importante el primero que el segundo. Así es que están permitidas las llamadas “porque sí” a mitad de la semana, los sms y los emails de contenido subido de tono y los planes a corto plazo para caldear el ambiente (tipo: “¿quieres que vayamos a aquel spa tan sensual” o “vamos al cine” para hacer maniobras orquestales en la oscuridad). En el caso contrario, la relación no pasa de rollo y pierde cualquier derecho y garantía aquí estipulada.

5. Que ambas partes han de ser completamente discretos respecto al tipo de relación que mantienen, aunque lo podrás comentar tantas veces como quieras con tus mejores amigos (faltaría más). En algunos casos (en los que la madurez de los implicados sea significativa) se podrá, incluso, quedar alguna vez con amigos comunes, sin que esto se convierta en una obligación o una rutina (dos palabras que hay que evitar aplicarse a toda costa).
6. Ambas partes podrán tener simultáneamente cuantos follamigos deseen, sin que la otra parte pueda objetar nada en absoluto. Es más, queda prohibido preguntar al respecto o indagar sobre las costumbres y gustos sexuales del otro fuera de los límites de la cama. 

Sigue siendo un chollo, pero incluye algo de afecto… No sé vosotros, pero si me ponen por delante algo así, yo lo firmaría.

Gracias:
Luci Gutiérrez
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/lacamadepandora/2010/10/28/mi-contrato-de-follamigos.html
♪♪♪♥

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